Al concretarse la relación
laboral es importante tomar consideración de los aspectos legales del empleo:
qué documentación deben darte al momento de comenzar a trabajar, qué cosas hay
que firmar, y qué se debe tener en cuenta para saber si el trabajo se encuentra
correctamente registrado.
Antes de efectivizar el ingreso
al empleo es importante tener en claro el tipo de contratación, los beneficios
(si hubiere) y la remuneración a
percibir. Todo esto debe ser aclarado en la etapa de entrevistas y validado al
momento de la confirmación del ingreso. Si el puesto laboral se encuentra
dentro de algún convenio colectivo de trabajo (comercio, construcción
metalúrgica, telefónicos, etc.), la remuneración estará basada en el mismo;
caso contrario se consulta al candidato por la remuneración pretendida y cuando
finaliza el proceso de selección se concreta el monto a percibir. Es conveniente
saber además si el salario será mensual, por cantidad de horas trabajadas, por
comisión, etc.
No todas las empresas brindan
beneficios extras a los empleados. Sin embargo es una política que se utiliza
cada vez más con el fin de retener a los empleados y ayudar a la calidad de
vida. Dentro de los beneficios que la empresa puede otorgar podemos enumerar:
prepaga, comedor en planta o dinero mensual para refrigerio, horario flexible,
un sueldo más por año, capacitaciones, cursos, celular, teletrabajo (home
office), guardería, gimnasio, préstamos, día libre en el cumpleaños, etc.
Respecto del tipo de contratación, la misma puede ser por tiempo indeterminado con un periodo de prueba de 90 días no
renovable, donde rigen todos los derechos laborales. Al finalizar el mismo se
disuelve el vínculo laboral o se vuelve trabajo efectivo. También existe la
modalidad de trabajo a plazo fijo,
el cual se aplica en el caso de trabajos eventuales o por temporada, cobertura
de licencias, pasantías, etc. En este tipo de contratación, cuando se ingresa
al empleo se debe firmar el contrato donde figure la modalidad y el tiempo en
el que se prestarán los servicios. Para los trabajos por tiempo indeterminado
no se suele firmar contrato, sino que el mismo se presenta como un acuerdo
tácito entre ambas partes (empleador y trabajador). Sin embargo, se puede
firmar un documento donde conste el salario a percibir y los beneficios para
dejar constancia de las condiciones de contratación.
En todos los casos, el empleador
debe generar el alta temprana a
través de AFIP. En la misma se indican los datos de la empresa y del
trabajador, la remuneración pactada, la modalidad de contratación, la fecha de
ingreso, la obra social correspondiente, la Aseguradora de Riesgos del Trabajo
(ART) vigente. Se generan dos copias de la misma, una para el empleado y otra
para el empleador. Este formulario es básico e indispensable para comenzar con
una relación laboral correctamente inscripta.
- Otra documentación que se debe recibir o firmar al momento del ingreso es la siguiente
2. Credencial con los datos de la ART
3. Formulario de afiliación a la obra social (se puede mantener la que uno tiene antes del ingreso, afiliarse a la que corresponde a la empresa o elegir cambiar de obra social hacia una que derive los aportes a una prepaga como ser OSDE/Swiss Medical)
4. Declaración de beneficiarios de seguro de vida obligatorio
5. Declaración Jurada de domicilio
6. Formulario de impuesto a las ganancias (si corresponde)
7. Declaración Jurada de carga de familia para ANSES
8. Reglamento interno de la empresa
9. Constancia de entrega de ropa de trabajo o elementos de protección personal (si corresponde)
Es importante guardar y conservar
todos los papeles que entrega la empresa, así como también los recibos de sueldo; ya que aunque el
historial laboral puede verse en la página de ANSES, siempre se debe tener la
documentación respaldatoria de la relación laboral de cada uno de los trabajos
para cualquier tema relativo al derecho laboral o previsional.
Lic. Yael Denise
Bowerman